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Derecho de las Nuevas Tecnologías - Documento de Seguridad. [4/4]

4).- Contenido del Documento de Seguridad de nivel alto.
 
  

AMBITO DE APLICACION

 
Se aplica a los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal de los siguientes tipos:

  • Datos relativos a la ideología, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual.

  • Datos recabados con fines policiales sin el consentimiento de los interesados.

 

CONTENIDO DEL DOCUMENTO DE SEGURIDAD (Nivel Alto)

 
1.- Todos los elementos del Documento de Seguridad de Nivel Básico y el de Nivel Medio.
2.- Distribución de soportes informáticos con datos cifrados.
3.- Registro de Accesos.
4.- Copias de Respaldo y Recuperación en lugar diferente al de los equipos informáticos.
5.- Cifrado de los datos transmitidos por redes de telecomunicaciones.

  

 

1.- CONTENIDO DEL NIVEL BASICO Y MEDIO: El Documento de Seguridad de Nivel Alto debe contener todos los elementos y disposiciones que se exigen para el Documento de Seguridad de Nivel Básico y para el de Nivel Medio, mencionados en otro apartado de esta guía. Además, debe contener información y controles adicionales que son los que se mencionan a continuación.

2.- DISTRIBUCION DE SOPORTES: La distribución de soportes informáticos que contengan datos de carácter personal debe hacerse cifrando tales datos, o bien utilizando cualquier otro procedimiento que garantice que los datos no puedan ser leídos ni manipulados durante su transporte.

3.- REGISTRO DE ACCESOS: Deberá llevarse un Registro de Accesos, cuyo contenido deberá conservarse al menos durante dos años y ser verificado mensualmente por el Responsable de Seguridad, en el que se expresarán los siguientes extremos:

  • Identificación del usuario que accede.
  • Fecha y hora del acceso.
  • Fichero al que se accede.
  • Tipo de acceso.
  • Expresión de si el acceso solicitado ha sido autorizado o denegado.

4.- COPIAS DE RESPALDO: Debe conservarse una copia de respaldo y del procedimiento de recuperación de los datos en un lugar diferente de aquel en el que se encuentran los equipos informáticos en los que están almacenados los datos personales.

5.- TRANSMISION TELEMATICA DE DATOS: Si se transmiten datos de carácter personal por medio de redes de telecomunicaciones debe procederse al cifrado de tales datos, o bien utilizar cualquier otro procedimiento que garantice que los datos no pueden ser leídos ni manipulados por terceros.

 

 
  
  

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