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Pedir un préstamo hipotecario de vivienda.
Los derechos del prestatario frente a las Entidades de Crédito y los datos del préstamo que no debes pasar por alto.

Tus derechos:

En los préstamos hipotecarios sobre vivienda que tengan un importe de hasta 25 millones de pesetas,  tienes derecho a que el Banco o Caja de Ahorros te entregue un folleto informativo con las condiciones esenciales de la operación.

Tienes derecho igualmente a que la Entidad de Crédito te formule una oferta vinculante de contrato, cuyas condiciones obligarán a la Entidad durante diez días hábiles.

Finalmente, tienes derecho a elegir Notario y a examinar la escritura de préstamo en la Notaría durante los tres días hábiles anteriores a la firma.

Lo que debes comprobar:

Debes examinar detalladamente el sistema de amortización (es decir, la forma y periodicidad con la que se pagan las cuotas), si el interés es fijo o variable, y en este caso, cómo se calcula el interés de cada periodo, cada cuanto tiempo se revisa el tipo de interés y si hay redondeos.

Comprueba cuál es el interés de demora para el caso de que te retrases en el pago de las cuotas.

Comprueba detenidamente qué comisiones tienes que pagar y cuál es su importe, y en concreto si hay comisión de apertura, por modificación de condiciones o por subrogación.

Comprueba si se pueden hacer pagos anticipados y con qué cuantía, así como si en los caos de amortización anticipada total o parcial hay que pagar alguna comisión.

Los gastos:

Finalmente recuerda que debes pagar a Hacienda el 0,5% del importe de la responsabilidad hipotecaria (capital + intereses + gastos de ejecución), salvo en el País Vasco en ciertos supuestos, además de los gastos de escritura y de inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad, y generalmente también los gastos de tramitación por una gestoría.

     

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