Constituir una sociedad limitada. Lo
imprescindible para afrontar la creación de una sociedad de
responsabilidad limitada.
El primer paso que debes dar es solicitar del
Registro Mercantil Central una Certificación Negativa de Denominación Social,
que tiene un plazo de caducidad de dos meses.
El capital social mínimo debe ser 3.005,06 Euros,
que debe estar totalmente suscrito y desembolsado por los socios, debiendo
justificar al Notario el desembolso mediante certificación bancaria.
No existe número mínimo ni máximo de socios, y puede constituirse una
sociedad limitada con uno solo socio.
Es necesario firmar una escritura pública ante Notario que deberá ser inscrita en el Registro Mercantil de
la provincia correspondiente al domicilio de la sociedad.
Antes de inscribir la sociedad hay que pagar a Hacienda el 1% del capital social
por el Impuesto de Operaciones Societarias.
Finalmente, hay que dar de alta la sociedad en Hacienda, concretamente en el
Impuesto de Actividades Económicas, realizar la Declaración Censal para dar de
alta la sociedad a efectos de IVA y solicitar el C.I.F. (cifra de
identificación fiscal).