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Contratar por teléfono o internet.
Los derechos del consumidor en los contratos celebrados a distancia por teléfono o a través de internet.

 

  • Si prestas tu consentimiento en España a un contrato celebrado telefónicamente o a través de internet con cualquier empresa, aunque sea extranjera, te asisten una serie de derechos que se expresan a continuación.

  • Tres días antes de la celebración del contrato, la empresa con la que contratas deberá facilitarte información veraz y completa sobre todas las cláusulas del contrato y remitirte por cualquier medio el texto completo del mismo.

  • Inmediatamenten después de celebrado el contrato o en el momento en que te entreguen los bienes o servicios contratados, la empresa deberá remitirte por cualquier medio (incluidos los medios electrónicos e informáticos), en tu idioma o en el idioma en el que la empresa te hizo la oferta, una justificación del contrato con todas sus cláusulas.

  • Tienes siete días hábiles para anular el contrato sin incurrir en ningún tipo de penalización ni de gasto, incluidos los gastos de devolución. Si anulas el contrato la empresa con la que habías contratado debe devolverte todas las cantidades que hayas pagado, debiendo efectuar la devolución inmediatamente o en todo caso antes de 30 días.

  • Si no es posible la devolución de las cantidades en caso de anulación del contrato, tienes derecho a reclamar daños y perjuicios.

  • La prueba de que se han cumplido todos los requisitos legales corresponde a la empresa con la que contratas a distancia y no a tí.

     

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